Conocemos y cumplimos con la normativa legal y reglamentaria, así como con los estándares éticos aplicables en los mercados en los que operamos. Actuamos siempre de manera justa, ética y responsable en beneficio de nuestros clientes, accionistas y demás grupos de interés.
Código General de Conducta (CGC)
Este documento recoge los principios éticos y normas de conducta aplicables a cada uno de los colaboradores que forman parte del Banco. Además, actúa como mecanismo para la prevención de los riesgos a los que estamos expuestos.
Durante 2022 llevamos a cabo las siguientes acciones:
El CGC establece las bases para prevenir un conflicto de interés para colaboradores, directivos y consejeros. Es de suma importancia que las decisiones que tomen sean en línea con los intereses de Santander, sin interponer intereses de ningún tipo: particulares, familiares, arrendamiento de bienes o activos, entre otros.
Asimismo, contamos con la política de conflictos de interés que proporciona las directrices para prevenir y gestionar los conflictos de interés que puedan producirse como resultado de sus actividades. Así, esta política permite:
Además, establece la determinación de las políticas de información y comunicación con los accionistas, los mercados y la opinión pública.
En el caso de la aparición de un conflicto de interés, se aplicará el mecanismo previsto en el Modelo de Gobierno, de modo que el asunto se eleve en primera instancia al nivel de responsable funcional, y si no se soluciona, al respectivo CEO. Y en última instancia, de acuerdo con las responsabilidades delegadas en el Consejo, a los respectivos Presidentes o al órgano de Gobierno apropiado a nivel de Grupo o de México, para la resolución formal del mismo. En caso de ser necesario, se escalará a la Asamblea de Accionistas.
Todo miembro de nuestro Consejo de Administración que tenga un conflicto de intereses deberá revelarlo y abstenerse de toda deliberación o votación en relación con el mismo.
Además, de conformidad con la Ley de Instituciones de Crédito, nuestro Comité de Prácticas Societarias debe emitir una opinión con respecto a, entre otros, operaciones y acuerdos con partes relacionadas, los cuales deben ser aprobados por el Consejo de Administración.
La Línea Ética es un sistema de denuncia, administrado por EthicsGlobal, un proveedor externo especialista en la gestión de denuncias y reportes. Cuenta con diferentes canales para que nuestros empleados, proveedores y exempleados puedan de manera anónima manifestar cualquier irregularidad que pueda generar un riesgo o afectar las operaciones del Banco con el fin de remediar los impactos negativos1. Asimismo, tienen la posibilidad de solicitar asesoramiento sobre la aplicación de las políticas y prácticas de la organización para una conducta empresarial responsable.
1. Impacto negativo se refiere al efecto que la organización tiene o podría tener sobre la economía, el medio ambiente o las personas, incluidos los efectos sobre los derechos humanos y que, a su vez, puede ser indicativo de su contribución (negativa o positiva) al desarrollo sostenible.Las áreas responsables de atención son: Recursos Humanos, Contraloría Normativa e Incidencias Operativas, quienes tienen la obligación de reportar a los respectivos comités de control el contenido de casos relevantes y el seguimiento que dieron a cada uno de ellos.
Las denuncias donde se desprendan responsabilidades a cargo de un empleado podrán ser comentadas en el “Foro de Análisis de Incidencias y Sanciones” con el fin de favorecer un entorno adecuado, confiable e imparcial. De esta manera se salvaguarda en todo momento la confidencialidad, anonimato y se asegura que no haya represalias ni algún posible conflicto de interés en la resolución de las denuncias.
Los diferentes canales de denuncia son:
En nuestro día a día reforzamos nuestro completo y absoluto rechazo a la corrupción mediante prácticas de “tolerancia cero”. La política de Prevención a la Corrupción en Santander México, que es responsabilidad del Comité de Cumplimiento Normativo, tiene por objetivo establecer las directrices a aplicar en materia de prevención de la corrupción del Grupo, tales como: hurto de fondos públicos, sobornos, pago de contribuciones y tráfico de influencias.
Contamos con un Sistema de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) que controla el manejo del origen de los fondos. Este sistema se revisa continuamente para avalar el cumplimiento en apego a las normas y leyes vigentes y está fundamentado en nuestro Manual General de Política y Procedimientos.
Conformación del Sistema de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo